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Estabilidad Lectura: 6 min abril 04, 2018

Todo lo que debes saber sobre la garantía estatal de los depósitos

Paola de Con Letra Grande

Experta en finanzas personales y educación financiera

Los chilenos están más conscientes de la necesidad de ahorrar y destinan montos más grandes para tener a futuro.

Sin embargo, todavía un gran número de chilenos prefiere ahorrar en el mercado informalen vez de usar las herramientas oficiales de instituciones financieras reguladas.

Nos referimos a las alcancias, tarritos o cajitas, fondos familiares en efectivo, cajas fuertes y el colchón. También están todas otras formas de ahorrar más a fin de mes.

El problema de esta alternativa es que no protege al ahorrante del caso de incendio, robo o quiebra personal. Mientras, los productos financieros como depósitos a plazo, cuenta a la vista o libretas de ahorro incluyen una protección invaluable: su devolución por el Estado chileno en caso de que el banco o entidad financiera tenga problemas de liquidez.

Si te preocupa el futuro de tus ahorros, te invitamos a que te informes más sobre la garantía estatal de los depósitos.

¿Qué es la garantía estatal de los depósitos y para qué sirve?


Es un mecanismo legal normado por la
Ley General de Bancos y por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que permite al Estado resguardar el dinero que las personas naturales depositen en cuentas de ahorro de diverso tipo en bancos y cooperativas de ahorro y crédito dentro del sistema chileno.

Es una garantía que le asegura a las personas que el Estado chileno les devolverá parte de su dinero si el banco o cooperativa no puede hacerlo porque tiene problemas de liquidez o se declara insolvente.

¿A quiénes beneficia el Estado con esta garantía?


Solo a las personas naturales. Si una persona jurídica (sociedad) tiene un depósito a plazo, el Estado no devolverá estos dineros en caso de que el banco o cooperativa no pueda pagar.

¿El Estado devuelve todo el dinero a los ahorrantes?


No.
La Ley General de Bancos establece ciertos límites en cantidad y plazos (Artículos 144 al 153 y Capítulo 18-8 RAN).

¿Funciona para todos los bancos en Chile?


Solo aplica a los bancos comerciales y cooperativas de ahorro y crédito con productos de ahorro específicos de personas naturales con depósitos que estén dentro del territorio chileno.

No contempla las oficinas de los bancos chilenos ni de los bancos internacionales que operan fuera de Chile.

Tampoco cubre los ahorros de chilenos en bancos u otras instituciones financieras extranjeras ubicadas en el exterior.

¿La garantía protege todos los productos y servicios financieros?


No.
La Ley asegura los depósitos en moneda nacional o extranjera en los siguientes productos contratados por una persona natural:

Depósitos a la vista

  • Los depósitos en Cuenta Corriente
  • Los depósitos en cuentas de ahorro a la vista
  • Los demás depósitos a la vista
  • Los depósitos en cuentas de ahorro a plazo con giro incondicional


Depósitos a plazo

  • Con documentos nominativos o a la orden (90%, tope 108 UF por banco y 120 UF para la totalidad del sistema financiero).
  • Libretas de ahorro a plazo con giro diferidos

¿Cuánto dinero devuelve el Estado?


En el caso de los depósitos a la vista, la devolución es de 100% del monto, sin tope por banco ni por sistema financiero.

En el caso de los depósitos a plazo, es el 90% del monto con un tope 108 UF por banco y 120 UF para la totalidad del sistema financiero.

¿Cuándo no aplica la garantía?


Los productos y servicios financieros que no cuentan con el resguardo de este mecanismo de seguridad son:

  • Fondo AFP
  • Cuenta 2
  • Fondos Mutuos
  • Cuentas APV
  • Pensiones de invalidez  y sobrevivencia
  • Seguros de vida sin ahorro
  • Seguros de accidente catastrófico
  • Seguros de salud
  • Tarjetas de crédito
  • Créditos

 

¿Cómo se informa sobre los productos financieros que tienen garantía estatal?


Según norma la CMF, las instituciones financieras deben indicar claramente en la publicidad de sus productos y servicios si estos cuentan con este mecanismo de seguridad de depósitos.

La leyenda está normada y debe decir: "Infórmese del Límite de la Garantía Estatal a los Depósitos".

¿Es lo mismo la garantía estatal de los depósitos que la garantía estatal de las pensiones?


No. Son dos garantías estatales diferentes.

 

¿Qué pasa si tengo más de un depósito a plazo en un banco que quiebra o es insolvente?


El Estado devolverá 90% del total de los montos depositados en el banco en problemas. La devolución no es por DAP individuales, sino por el total de dinero que tienes invertido. Además, hay un tope: 108 UF por la totalidad de los depósitos que tiene en el banco.

Es decir, si tienes invertidos en un solo banco un total de US$ 100 mil en dos depósitos a plazo; $20 mil en uno y $80 mil en otro, el Estado te devolverá $90 mil.

Ahora bien, si ocurre que son dos o más bancos los que tienen problemas de liquidez, y una persona natural tiene depósitos a plazo precisamente en estas instituciones, también se le devolverá el 90% de cada monto total que tiene en cada entidad, pero aquí aplica otro tope: 120 UF para todo el sistema financiero (artículo 145 de la Ley).

Es decir, si la persona natural tiene depositados 180 UF en DAP en diversos bancos, y todos se declaran insolventes, el Estado le devolverá sólo hasta 120 UF.

¿Es obligatorio aceptar la garantía estatal de los depósitos a plazo?


No. Al aceptar la garantía del Estado, el ahorrante renuncia a recuperar el saldo que no cubre este mecanismo de seguridad (el 10% remanente o los montos que superen los 108 UF del banco o 120 UF del sistema)

Una persona puede renunciar a la garantía y conservar sus derechos sobre el total de sus montos invertidos. Pero deberá hacer valer estos derechos en el convenio de acreedores o en el proceso de liquidación del banco, que tiene sus propios plazos, montos y normativas.

¿El Estado devuelve dinero en una situación de convenio de acreedores o de liquidación del banco?

 

Sí, pero solo las obligaciones a la vista, no los depósitos a plazo. En este caso, protege el 100% de estos montos de personas naturales y también sin son personalidad jurídica, sin topes de cantidad por banco o del sistema.

Conoce más sobre otros mecanismos e instrumentos que te ayudan a lograr la estabilidad financiera.

La garantía es una ayuda pero no la solución


Los chilenos cada vez le toman más peso al ahorro, guardan más y destinan montos más grandes para tener a futuro.

La garantía estatal de los depósitos es un mecanismo de resguardo de los ahorros que, en parte, soluciona un temor generalizado de los ahorrantes: perder su dinero.
 

No obstante, es también responsabilidad del depositante informarse bien sobre la situación financiera del banco o cooperativa de ahorro y crédito antes de confiarle sus ahorros.

Para ello, revisa la información pública y actualizada sobre el estado de las instituciones financieras reguladas por la autoridad, en este caso la CMF. 

Asimismo, te recomendamos que siempre distribuyas tus ahorros entre diversas entidades financieras formales e instrumentos para reducir el riesgo de pérdida, y puedas comparar los servicios de gestión de tus fondos.

 

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Paola de Con Letra Grande

Experta en finanzas personales y educación financiera

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