¿Quieres formar tu propia empresa? Es un gran paso el que estás por dar, así que debes asegurarte de elegir el tipo de sociedad que mejor se acomoda a tu futuro negocio.
En Chile existen diferentes formatos de empresas y para constituirlas debes cumplir ciertos requisitos.
El primero y más importante: su personalidad.
Por personalidad no hablamos de su carácter o valor, sino a su reconocimiento ante la ley. La personalidad es un sujeto de derecho y obligaciones.
Es así que en Chile puedes formar una empresa bajo dos tipos de personalidades:
- Persona natural (individuo).
- Persona jurídica (sociedad).
¿Cuál es la principal diferencia entre una sociedad como persona natural y una empresa como persona jurídica?
Son varias las distinciones, entre ellas el régimen tributario que regula a cada una de estas personalidades, así como otros aspectos legales.
No obstante, la principal diferencia es económica.
A continuación te entregamos mayores detalles sobre cada una de las alternativas que tienes bajo ambas personalidades:
PERSONA NATURAL
Empresa Individual o Unipersonal
En Chile, toda persona natural que realice actividades lícitas en el área industrial o mercantil, puede ser una micro o pequeña empresa (Mipyme). Es el tipo de empresa más común en el país, según el Servicio de Impuestos Internos (SII), aunque tiene sus pros y contras.
Como creador de esta sociedad, respaldarás tu empresa con todo tu patrimonio personal y serás responsable legalmente de toda las obligaciones y deberes del negocio.
Una Empresa Unipersonal se destaca por:
- Serás una empresa individual o unipersonal.
- Tributarás como Primera Categoría en base a rentas efectivas.
- Tu responsabilidad será ilimitada.
Microempresa Familiar
Desde el almacén de la esquina hasta el taller de artesanía o las clases particulares de inglés, todo cabe bajo este formato de empresa.
A diferencia de la Empresa Unipersonal, más de una persona natural pueden constituir una microempresa familiar (MEF).
Su particularidad radica en que comprende toda aquella prestación de servicios o producción de bienes que usa el domicilio particular como sede del negocio.
Como MEF, tu empresa tendrá estos atributos:
- Tú debes ser el legítimo ocupante de la casa (sea propia, arrendada, cedida).
- La actividad debe ser legítima y que no sea contaminante, peligrosa o molesta.
- Pueden trabajar hasta 5 personas ajenas a la familia directa de la persona natural.
- El capital inicial efectivo -sin considerar el valor de la casa- no puede exceder las 1.000 UF
- Tributas como Primera Categoría.
EIRL
Toda persona natural en Chile puede establecer una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL). Es también otro de los formatos favoritos de Mipymes y Pymes que recién comienzan.
A diferencia de las primeras dos alternativas, al formar una EIRL tu empresa adquiere personalidad jurídica. Es decir, funcionan dos personalidades a la par; la tuya como persona natural y la de la empresa.
El capital inicial y patrimonio del negocio, así como el cumplimiento de las obligaciones legales y crediticias quedan bajo responsabilidad de la empresa.
Como EIRL, tu empresa tendrá las siguientes características:
PERSONALIDAD JURÍDICA
Sociedad Colectiva Comercial
Es una de las formas societarias más antiguas del mundo (herencia de la Edad Media). Las Entre sus principales características están:
- A partir de dos socios.
- Los mismos socios la administran, o bien un tercero mediante poder notarial.
- Responsabilidad ilimitada, por ende los socios responden por igual y con el patrimonio de la empresa y personal.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Es el formato con personalidad jurídica favorito de Pymes y Mipymes, porque es flexible y porque permite hacer diferencias entre los socios. Entre sus principales características están:
- Mínimo dos y máximo 50 socios.
- Las decisiones se toman por unanimidad.
- Socios responden según el capital social que aportaron.
- Tributa como Primera Categoría.
Sociedad en Comandita
En esta estructura societaria, los socios pueden ser activos (administrar) y/o pasivos (sólo aportar capital); estos últimos son denominados comanditarios. A través de esta sociedad los socios también pueden emitir acciones. Se distingue por:
- Los socios comanditarios no aparecen en la razón social de la empresa.
- Responsabilidad limitada de los comanditarios.
- Socio activo responde ilimitadamente.
- Tributa como Primera Categoría.
Sociedad Anónima
Es el cuarto tipo de empresa preferido por las Pymes y la primera opción de grandes empresas. Esto se debe a que los derechos de los socios están representados por acciones, no mediante el capital inicial aportado. Y su administración responde a un Directorio y a una Junta de Accionistas.
Por ende, para una micro, pequeña y mediana empresa, quizás este formato le queda “algo grande”. Sus particularidades incluyen:
- Puede ser comercial, civil o ambas.
- Está constituido por accionistas.
- Puede ser abierta o cerrada.
- Tributa como Primera Categoría.
Sociedad por Acciones (SpA)
Es una personalidad jurídica que crean uno o más socios cuya participación en el capital es representada por acciones. Surgió como una alternativa más simple que las sociedades anónimas y más flexible que la SRL.
Entre sus propiedades destacan:
- Las decisiones se toman en juntas de accionistas.
- Las acciones pueden tener derecho a un voto de forma parcial o total, derecho a más de un voto, o sin derecho a voto.
- Los conflictos se solucionan mediante arbitraje.
- Tributan como Primera Categoría.
Conclusión
Es necesario que estudies bien las características de cada tipo de empresa antes de decidir cuál es el formato que mejor se adapta a tu negocio.
Por ello es importante que tu plan de negocios considere la estructura que tendrá la empresa al comenzar y los potenciales cambios societarios que podría haber más adelante, dependiendo del futuro crecimiento, ingreso de nuevos socios, aportes de capital, etc.
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