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Educación Financiera, 2020 Lectura: 3 min enero 07, 2020

Todo lo que debes saber de la nueva retención de boleta de honorarios

Paola de Con Letra Grande

Experta en finanzas personales y educación financiera

Si emites boletas de honorarios o parte de tu equipo trabaja bajo esta modalidad, pon atención porque hacia 2028 aumentará gradualmente el monto de retención de impuestos en las boletas de honorarios. Aquí te explicamos de qué se trata esta medida.

Como parte de la Ley Nº 21.133, que obliga a los trabajadores independientes a cotizar para participar en el sistema de Protección Social, el 01 de enero 2020 comenzó a regir un importante aspecto de esta nueva normativa: el aumento del monto de retención de la boleta de honorarios.

Esta alza incrementa desde 10% a 10,75% la cantidad que el Servicio de Impuestos Internos (SII) retiene por cada boleta emitida en su sistema.

Por lo que si hoy emites o recibes una boleta de honorario, ten presente que este nuevo monto será retenido del bruto en todas las boletas emitidas desde esa fecha en adelante.

Aumento gradual en el tiempo

Y este monto seguirá aumentando en el tiempo. Tal como lo indica el SII, el alza en la retención será de 0,75% por año. El objetivo es que hacia el año 2028 suba un 1% para alcanzar una retención de 17% total.

Entonces, si este 2020 la retención de la boleta es de 10,75%, ya en el 2021 estará a en 11,5% y así sucesivamente.

¿Y para quiénes aplica este aumento de retención?

Para todos quienes emitan boletas de honorarios, ya sea de manera electrónica o en papel, y a los emisores de boletas de prestación de servicios de terceros.

En el caso de que emitas boletas en papel, es tu deber realizar el cálculo con la retención del 10, 75%; en cambio, si lo haces de manera electrónica en el portal del SII, el mismo sitio web hará el cálculo de manera automática.

Si no estás obligado a cotizar, la retención se destinará, según corresponda, en abril de cada año al pago de impuestos y/o a su devolución.

¿Cómo calculo la nueva retención?

Aquí un ejemplo: si mensualmente recibes una renta bruta de $650.000, hasta diciembre 2019 tu renta líquida era de $585.000, porque la retención del 10% te descontaba $65.000).

Ahora, con el nuevo porcentaje de retención, desde enero 2020 hasta diciembre 2020, tu renta líquida será de $580.125.

Para tener claros los montos brutos y líquidos de tu boleta antes de emitirla, te recomendamos ocupar estas dos calculadoras virtuales, que ya funcionan con la nueva retención:

  1. Calculatodo.com
  2. Boletta.cl

 

¿Cómo el SII pagará tus cotizaciones si eres trabajador independiente con este monto retenido?

Cuando hagas tu Declaración de Impuesto a la Renta como parte de la Operación Renta, el sistema pagará tus cotizaciones con cargo a la devolución de impuestos (la retención de todas las boletas que emitiste durante el año).

Este monto es usado para cubrir los distintos regímenes de Seguridad Social, que según informa la Subsecretaría de Previsión Social son, en orden:

  1. Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  2. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP).
  3. Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna).
  4. Licencias médicas y subsidios, pre y post natal, y post natal parental.
  5. Pensiones.

En el simulador del gobierno puedes estimar las cotizaciones anuales que pagarás respecto a tus honorarios.

Recuerda esto para la próxima boleta que emitas

Esta nueva retención busca que los trabajadores a honorarios accedan a la misma protección que tienen derecho los trabajadores dependientes. Es decir, licencias médicas, pensiones, acceso a salud, atención en caso de accidente laboral, entre otros.

Por lo mismo, si eres independiente, te recomendamos hablar bien los montos brutos y líquidos con tu empleador.

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