Desde el almacén de la esquina hasta el taller de artesanía o las clases particulares de inglés, todo cabe bajo este formato de empresa.
Al igual que la Empresa Individual y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), cualquier persona natural puede constituir una Microempresa Familiar (MEF); no requiere socios ni grandes montos de capital inicial para emprender.
Sin embargo, a diferencia de estas alternativas, una o más personas naturales pueden constituir una empresa de este tipo.
Su particularidad radica en que comprende toda aquella prestación de servicios o producción de bienes que usa el domicilio particular como base de operaciones.Es decir, la casa habitación donde reside la persona o individuos que constituyen la sociedad.
Como MEF, cumples las siguientes características:
- Debes ser el legítimo ocupante de la casa (sea propia, arrendada, cedida).
- La actividad debe ser legítima y que no sea contaminante, peligroso o molesto.
- Pueden trabajar hasta 5 personas extrañas a la familia de la persona natural.
- El capital inicial efectivo -sin considerar el valor de la casa- no pueden exceder las 1.000 UF.
- Tributas como Primera Categoría
Cómo constituir una Microempresa Familiar
Según explica el servicio ChileAtiende, para constituir esta microempresa sólo debes registrarte en tu Municipalidad y luego notificar al SII de esta inscripción.
- En la municipalidad, junto a un agente municipal debes llenar un Formulario de Inscripción de Registro, Declaración Jurada, y Declaración de Inicio de Actividades
- El costo del trámite dependerá de cada municipalidad.
- Luego, debes dirigirte a la oficina del SII que corresponde a tu domicilio y presentar en el área de RUT e Inicio de Actividades los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Copia-contribuyente y Copia-SII del Formulario de Inscripción, Declaración Jurada y Declaración de Inicio de Actividades visados por el municipio.
- Adicionalmente, obtener una autorización sanitaria si produces o manipulas alimentos.
- Si vives en un condominio o comunidad habitacional cerrada (edificio de departamentos), debes tener autorización del comité de administración firmada por el representante legal de tu comunidad.
Las siguientes leyes y normativas rigen a una empresa familiar:
Impuestos mensuales
Impuestos anuales
Declarar Renta
Impuestos trimestrales
Como empresa MEF, están los siguientes pros y contras:
Ventajas
- Tú sigues tomando todas las decisiones.
- Los límites de zonificación comercial o industrial de tu municipalidad no impiden que uses tu casa para tu microempresa familiar, aunque tu domicilio esté en un barrio residencial, no comercial.
- En el caso de elaboración de alimentos, sólo la rige el Reglamento Sanitario de los Alimentos.
- Si haces trabajos por encargo de terceros (maquila), estás exento de pagar IVA. Más información aquí.
- Puedes contratar familiares
Desventajas
- No puedes superar las 1.000 UF de capital inicial; si después generas un monto superior a este, tendrás que evaluar constituir otro tipo de sociedad.
- No puedes tener socios.
- Sigues teniendo limitantes ante bancos para solicitar un crédito empresarial o una cuenta corriente comercial.
Si tienes más dudas, te recomendamos revisar este instructivo de la iniciativa de gobierno Escritorio Empresa.
Conclusión
Como persona natural que está dando sus primeros pasos de emprendimiento, te conviene constituirse como MEF para así aprovechar los beneficios que entrega la Ley de Empresas Familiares.
Si más adelante requieres dar mayor formalidad a su negocio y separar las finanzas de la empresa, la EIRL es el paso lógico.
Ahora bien, si necesitas incorporar socios o gestionar un crédito empresarial o solicitar una cuenta bancaria empresarial, es recomendable que adoptes una estructura societaria como persona jurídica.
Déjanos tu comentario